Hechos:

AEAT de forma sistemática SANCIONA a autónomos y empresas que presentan un modelo de un impuesto de una determinada forma y AEAT después de una comprobación limitada mediante requerimiento previo decide corregir la presentación anterior, indicando cantidades a pagar mayores de las declaradas. Aquí en este caso, se tiene que comprobar y probar por la AEAT la voluntad concreta del sujeto pasivo de hacerlo mal, no se puede sancionar por el simple hecho de poder tener criterio interpretativos diferentes sobre añadir o no añadir depende que conceptos a desgravar.

En este caso la AEAT sancionó con una gran cuantía económica a nuestro cliente, un alto directivo de una de las PYMES que gestionamos y asesoramos, por aplicación de un criterio cuestionable e interpretable por parte de la AEAT. El cliente decide conformarse con la propuesta y pagar para no perder más tiempo y dinero, pero hacienda acaba remitiéndole una SANCIÓN elevada sobre ese hecho que se ha conformado.

Resolución estimatoria:

Acabamos consiguiendo una resolución del TEAC en el que nos da totalmente la razón, y se procede a anular dicha sanción. Nuestro cliente no tiene que pagar ni un euro más respecto a esa sanción, con un ahorro de dinero considerable y preservado el orgullo y el amor propio ante una actuación desmedida de la administración.

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