LA JUSTICIA EUROPEA RESUELVE QUE LAS EMPLEADAS DE HOGAR DEBEN TENER DERECHO A PARO
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Vigo, ha consultado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ⚖, si el hecho de que las empleadas de hogar no puedan cotizar al desempleo y en caso de estar en paro, cobrar esta prestación era discriminatorio por razón de sexo ya que, más del 95% de las empleadas de hogar son mujeres y, en todo caso si deberían estas empleadas tener derecho a paro por igualdad de derechos de los trabajadores. El TJUE sentencia:
👉 No se considera una discriminación por razón de género puesto que cualquier persona hombre o mujer puede acogerse al régimen de Emplead@ de hogar.
👉 Esto o significa que sea justo ya que no se justifica el motivo por el que las Empleadas de Hogar no tienen derecho a prestación por desempleo.
👉 Por tanto, España debe permitir a las Empleadas de Hogar cotizar por desempleo y tener derecho a paro.
Link de la sentencia:
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:62020CJ0389&from=ES
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Publicación realizada por: Guillem – Departamento Laboral