🌇 El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha considerado DESPROPORCIONADAS las multas impuestas por Hacienda respecto al modelo 720.
🚪 💼 «La administración tributaria no puede aplicar sanciones superiores al valor del bien que no se ha declarado. Actualmente en España, una persona que no declarara los bienes que tiene en el extranjero o cometa algún error en la cumplimentación del modelo se exponía a sanciones del 150% sobre el valor del bien y multas de 5.000€ por cada dato que la administración tributaria considerara “erróneo”»
¿Cómo reclamar el dinero de estas sanciones?
👉 Para los procedimientos ya abiertos: únicamente esperar a que el Tribunal resuelva el recurso presentado.
👉 Sin recurso planteado y en plazo: iniciar el procedimiento de revisión de nulidad e interponer recurso ante la AEAT.
👉Sanciones firmes: escrito ante la Administración reclamando la responsabilidad patrimonial, más que pedir la devolución se trata de pedir una indemnización.
Pero esto no es todo, las acciones tributarias prescriben a los cuatro años, en este caso concreto, la acción de no declarar un bien o cuenta bancaria en el extranjero es algo que no prescribe en nuestro país. Desde Bruselas exigen a la AEAT que modifique esa Ley para que prescriba a los cuatro años.
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Publicación realizada por: Tania Aso – TAX
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